Las expresiones injuriosas dirigidas por un abogado a otro en procedimientos judiciales no están justificadas por el derecho de defensa
24 de septiembre de 2015 - JU3ISA_W3B
El TS ha dictado una sentencia en la que condena a un abogado por las expresiones injuriosas que, en el seno de procedimiento judicial, profirió a otro abogado, al concluir que constituyen insultos y ofensas que no se encuentran amparadas por la libertad de expresión ni por el ejercicio del derecho de defensa. La Sala Primera del TS, sentencia núm. 447/2015, de fecha 3 de septiembre de 2015(Rec. 106/2014, Ponente: señor Salas Carceller), estima el recurso de casación interpuesto por la parte demandante, al considerar que las expresiones proferidas por el demandado en el seno de procedimiento judicial suponen una vulneración de su derecho al honor. Concluye la sentencia del TS, en contra de lo declarado por la instancia y la apelación, que las expresiones y manifestaciones proferidas por el demandado con ocasión de su actuación como abogado en un asunto contencioso administrativo, en unas diligencias previas por un presunto delito de desobediencia grave, y en un acto de conciliación, implican una vulneración del derecho al honor del demandante. Cifra económicamente el daño causado en 6000 euros frente a los 60.000 euros solicitados, de conformidad con los criterios legales establecidos en el artículo 3 de la LO 1/1982 y su falta de difusión al producirse en sede judicial.